Consejo Superior

NUEVO REGLAMENTO PARA INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN

Los Centros de la UNJu ya cuentan con la normativa que los rige.

13 de septiembre 2016

Nuevo reglamento para institutos de investigación de la UNJu.

El Consejo Superior de la Universidad Nacional de Jujuy (UNJu) aprobó por unanimidad el Reglamento de los Institutos de Investigación dependientes del rectorado de la casa de estudios: el Instituto de Biología de la Altura (InBiAl), el Instituto de Geología y Minería (IdGyM), el Instituto de Investigaciones y Prestación de Servicios (IIPS), el Laboratorio de Análisis de Residuos y Trazas (LAnaRT) y el Instituto de Estudios Celulares, Genéticos y Moleculares (ICeGeM).

La normativa determina que dichos Institutos tienen por misión desarrollar y fortalecer la investigación científica y tecnológica de la UNJu, beneficiar a la sociedad a través de la transferencia de conocimientos desarrollados por la comunidad científica local y contribuir a la formación de recursos humanos de grado y posgrado. Desde esta perspectiva los Institutos configurarán una entidad concreta de investigación, tecnología e innovación como herramienta para el desarrollo y conformación de redes interinstitucionales.

 Funciones

Las principales funciones de los Institutos de la UNJu son las de elaborar y desarrollar proyectos, programas y líneas de investigación básica y/o aplicada de desarrollo, innovación tecnológica y/o de transferencia, por sí o en colaboración con los diferentes actores sociales, instituciones y/u organismos tanto públicos como privados. Dichos centros también deben coordinar con las unidades académicas la formación de docentes/investigadores, estudiantes de grado, postgrado, becarios y personal técnico, para facilitar el acceso a equipamiento e infraestructura disponibles en sus instalaciones.

 Además, los Institutos deben, entre otros, brindar asesoramiento y prestar servicios a entidades públicas y/o privadas en lo relacionado a cuestiones productivas, sanitarias y ambientales, entre otras; desarrollar actividades de capacitación destinadas tanto a los docentes y estudiantes de las carreras de grado y posgrado, como a la comunidad extrauniversitaria, en el marco académico que corresponda y avaladas por la UNJu; gestionar y promover la difusión de sus investigaciones y su producción por los medios y procedimientos que correspondan; y establecer relaciones con otras instituciones del país o extranjeras, públicas y/o privadas.

Las atribuciones de los centros son formular, gestionar y ejecutar el plan anual de actividades de investigación, así como de docencia y extensión, con la articulación de las Secretarías de Rectorado pertinentes; gestionar la firma de convenios con organismos públicos o privados; suscribir protocolos de trabajo dentro de los convenios marco vigentes; elaborar el proyecto de presupuesto y ejecutarlo conforme a la normativa vigente, y administrar según la normativa vigente los recursos propios y los asignados por presupuesto.

Gobierno y organización

El gobierno de cada Instituto será ejercido por un Director, un Vicedirector y un Consejo Asesor. Dichos Centros propondrán su organización interna y funcional de acuerdo a sus necesidades operativas y a las disponibilidades presupuestarias, la que será elevada al Consejo Superior para su consideración. El personal de cada Instituto elegirá al Director y al Vice, de acuerdo al régimen electoral vigente, quienes serán designados por el Consejo Superior, durarán 4 años en sus funciones y podrán ser reelegidos una vez en forma consecutiva.

Los Institutos propondrán su organización interna y funcional de acuerdo a sus necesidades operativas y a las disponibilidades presupuestarias, la que será elevada al Consejo Superior para su consideración.-

Y4600GNA

Av. Bolivia 1239

S.S. de Jujuy

Argentina